Puesto que es “irracional” que un mismo deudor valore su deuda, un pasivo ambiental no debe ser valorado por el mismo responsable, toda vez que su criterio está sesgado por sus intereses económicos y por el principio del “beneficio personal”(Smith, 1776) en que se fundamenta el sistema capitalista actual. Los pasivos ambientales deben ser valorados por otros actores sociales más objetivos, como por ejemplo el Estado, cuando este no tenga intereses directos en las actividades económicas responsables de las deudas. | |
El actor más objetivo para valorar los pasivos ambientales son las mismas comunidades afectadas por los impactos negativos a los ecosistemas. Para evitar sobrevaloraciones, los beneficiarios deben regirse a criterios técnicos, a la normatividad y al acompañamiento de organismos de control ambiental del Estado y de la academia que avale el carácter científico de las técnicas de valoración.
En este orden de ideas las valoraciones de pasivos ambientales por parte de la comunidades, son “cuentas por cobrar” a las empresas responsables de los daños, que luego deben formalizarse en deudas o pasivos a través de un proceso de tipo judicial.
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Referencias Smith, A. (1776). An inquiry into the nature and causes of the wealth of nations: Volume One. London: printed for W. Strahan; and T. Cadell, 1776. |